El divorcio es la acción que disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. Se clasifica en divorcio voluntario, que puede ser administrativo o voluntario contencioso; necesario o causal, y unilateral por la vía judicial.
EFECTOS DE LA SENTENCIA DE DIVORCIO EN CASO DE HIJOS:
La sentencia de divorcio fijará la situación de los hijos, conforme a las reglas siguientes:
- Respecto a la Patria Potestad
- Respecto de la Guarda y Custodia
- Respecto al Régimen de Visitas y Convivencia
- Respecto de los Alimenos
- Respecto de los Bienes Gananciales de la Sociedad Legal
De la Patria Potestad
Es la relación de derechos y obligaciones que recíprocamente tienen, por una parte el padre y la madre, y por otra, los hijos menores de edad, cuyo objeto es garantizar el ejercicio de los derechos de los niños y adolescentes, su guarda y custodia y representación legal.
Quienes ejercen la patria potestad son los legítimos representantes de los menores o incapacitados, y tienen la administración legal de los bienes que les pertenezcan
En la práctica, es difícil que una persona pierda la patria potestad, ya que se requiere haber cometido faltas graves, como prostitución, narcotráfico, violencia intrafamiliar, lesiones al menor, etc., para que un juez proceda a quitar el privilegio a alguno de los padres,
De la Guarda y Custodia
En virtud de la guarda y custodia, una persona o albergue, asume el cuidado y atención de un ser humano, así como de sus objetos de uso personal. Principalmente pueden tener la guarda y custodia, los padres, en caso de su ausencia, los abuelos paternos y maternos, los tíos, los primos, etcétera, según sea el caso
La guarda y custodia confiere a quien la ejerce la facultad de determinar límites y normas de conducta a los menores de edad o incapacitados.
Por criterios de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, se ha determinado que ambos padres, es decir, el hombre y la mujer, tienen las mismas capacidades y derechos para que un juez le conceda la guarda y custodia de los hijos menores de edad.
Del Régimen de Visitas y Convivencia
El régimen de visitas y convivencia constituye un derecho de las personas menores de edad que tiene por objeto regular y organizar el contacto, estancias y comunicaciones entre ellos y sus progenitores, familiares o parientes cuando los padres no convivan entre sí o cuando su convivencia haya cesado
Las personas menores de edad tienen el derecho de visitas y convivencia de sus padres y familiares, por tratarse de un derecho autónomo al de la guarda y custodia, así como de patria potestad, y superior a la voluntad de la persona a cuyo cargo se encuentre la guarda y custodia.
Los padres tienen el deber de visitar y convivir con sus hijos para que no se pierdan los vínculos afectivos que nacen de toda relación paterno filial.
Abstenciones de la Guarda y Custodia
Los padres y las personas que ejerzan la guarda y custodia personal o institucional deberán abstenerse de realizar cualquier acto que promueva en las personas menores de
edad o mayores incapaces el olvido, rechazo, rencor, odio, desprecio o temor hacia la persona con quien tienen derecho de visitas y convivencia.
De Los Alimentos
Por un lado, los cónyuges deben darse alimentos según las circunstancias. Pero principalmente los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos, hasta que alcancen la mayoría de edad o llegando a ella sean incapaces, o hasta que dejen de estudiar licenciatura o maestría, la cual se extiende hasta una edad máxima de veinticinco años. A falta o por imposibilidad de los padres, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas, es decir, los abuelos paternos y maternos.
Los hijos están obligados a dar alimentos a los padres cuando estos han alcanzado una edad senil o por imposibilidad de trabajo o ingreso. A falta o por imposibilidad de los ascendientes o descendientes, la obligación recae en los hermanos.
¿Qué Comprenden Los Alimentos?
Comprenden el recibir los elementos de subsistencia material y educativa, como son: comida, vestido, habitación, la asistencia en casos de enfermedad y, en su caso, los gastos de embarazo y parto, gastos para la educación, también comprenden las atenciones a las necesidades psíquica, afectiva y de sano esparcimiento
Los Bienes Gananciales de la Sociedad Legal
En términos sencillos, significa que todos los bienes y todas las deudas que se adquieran durante el matrimonio pertenecen a ambos cónyuges en partes iguales. Este régimen económico nace automáticamente cuando dos personas se casan sin capitulaciones.